Aunque las fechas de vencimientos establecidos por AFIP para presentar y pagar las Declaraciones Juradas del Impuesto a las Ganancias y a los Bienes Personales ya pasaron, el conflicto judicial entre el organismo a cargo de Mercedes Marcó del Pont y los contadores continúa.
En este contexto, este martes la Justicia le dio la razón a los tributaristas de todo el país, quiénes exigían una prórroga de los vencimientos dado que, en primer lugar, AFIP publicó con tardanza las planillas para presentar las DDJJ sin respetar los 60 días corridos desde su publicación online hasta la presentación y pago por parte de los contribuyentes.
La Justicia amplió este martes la decisión que había tomado la semana pasada, cuando avaló la acción de amparo del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires y suspendió los vencimientos para los profesionales allí matriculados y sus clientes.
Ahora, esta prórroga obligada se amplió a todos los Consejos Profesionales jurisdiccionales que se adhirieron a la acción de amparo del Consejo de CABA: así lo definió la jueza Macarena Marra Giménez del Juzgado Contencioso en lo Administrativo Federal N°12.
De esta forma, más de 20 Consejos Profesionales de Ciencias Económicas adheridos a la demanda colectiva contra AFIP en busca de una prórroga hasta el 12 de julio se vieron beneficiados por esta resolución. Así, la nueva definición de la Justicia aplica a los consejos de las siguientes jurisdicciones:
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
- Provincia de San Juan;
- Provincia de Neuquén;
- Provincia de San Luis;
- Provincia de Mendoza;
- Provincia de Jujuy;
- Provincia de Misiones;
- Provincia de Catamarca;
- Provincia de Rio Negro;
- Provincia de Chaco;
- Provincia de Córdoba;
- Provincia de Buenos Aires;
- Provincia de La Pampa;
- Provincia de Formosa;
- Provincia de Santa Fe;
- Provincia de Entre Ríos;
- Provincia de Tucumán;
- Provincia de La Rioja;
- ciudad de Rosario;
- Provincia de Santiago del Estero;
- Provincia de Tierra del Fuego;
- Provincia de Santa Cruz, y
- Provincia de Chubut.
Según indica la medida judicial, todos estos Consejos Profesionales adhirieron a la demanda colectiva, solicitando que “se haga extensiva la medida cautelar” dictada en principio para el Consejo porteño, una petición que este martes la Justicia respondió afirmativamente.
“Debe destacarse que mediante resolución del 22/6/2022 se declaró formalmente admisible la acción colectiva deducida”, recuerda el fallo. Y detalla el objeto procesal: “Que se ordene a la AFIP-DGI prorrogar el vencimiento de la presentación y el pago de las declaraciones juradas determinativas del Impuesto a las Ganancias – incluyendo el impuesto cedular- y del Impuesto sobre los Bienes Personales del Período Fiscal 2021 a las personas humanas”.
Además, la resolución subraya que -en primer lugar- el vencimiento estaba previsto para los días 23 a 27 de junio y explica que se exige una nueva fecha de vencimiento “hasta después de transcurridos 60 días desde que fueron puestos a disposición los sistemas web necesarios para cumplir dicha labor, es decir a partir del día 12 de julio en adelante”.
En este sentido, recordando su resolución del 24/6/2022 en la que “se admitió la medida cautelar peticionada y, en consecuencia, se ordenó suspender los vencimientos establecidos por la AFIP-DGI para la presentación y el pago de las declaraciones juradas señaladas”, la Justicia hoy extendió el fallo a los Consejos Profesionales solicitantes del resto del país.
Así, se definió que todas las medidas tomadas a favor del Consejo Profesional porteño se deben hacer extensivas a los profesionales matriculados en las entidades previamente indicadas, junto a sus clientes.
Luego de este último revés de la Justicia hacia la AFIP en el caso que enfrenta a la entidad con los contadores por los vencimientos de Ganancias y Bienes Personales, el tributarista Sebastián M. Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, subrayó que “la AFIP debería flexibilizar su postura y prorrogar los vencimientos a partir del 12/7”.
“De esa forma terminaría con la discusión con los consejos profesionales y tornaría abstractas las acciones de amparo evitando la posibilidad de sentencias en contra que sirvan de antecedentes para futuros planteos sobre la fijación de vencimientos como así sobre otros aspectos”, agregó al respecto.
Fuente: El Cronista