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CASINOS ONLINE Y PUBLICIDAD

La Secretaría de Industria y Comercio aprobó una nueva resolución con exigencias específicas para la publicidad de juegos y apuestas en línea. Incluye advertencias obligatorias, control sobre influencers y sanciones por incumplimiento.

El Gobierno nacional avanza con nuevas medidas para regular la publicidad de juegos y apuestas en línea, ante la creciente preocupación por su alcance masivo, especialmente entre adolescentes y jóvenes.

 

Mediante la Resolución (SIyC) 446/2025, publicada el 3 de noviembre en el Boletín Oficial, se aprobó un nuevo régimen que establece advertencias obligatorias, controles sobre influencers y sanciones por incumplimiento, en el marco de la Ley de Defensa del Consumidor y la normativa de Lealtad Comercial.

Según la nueva normativa, toda publicidad de juegos y apuestas online deberá incluir, en forma clara y destacada, las siguientes leyendas:

 

  • “+18”
  • “EL JUGAR COMPULSIVAMENTE ES PERJUDICIAL PARA LA SALUD”

 

Estas advertencias deberán ocupar el 10% de la altura total del anuncio, estar en negrita, horizontal y con contraste de colores, y mantenerse visibles durante toda la duración del aviso, ya sea gráfico, audiovisual, radial o en redes sociales.

 

Influencers bajo la lupa

Se crea además un canal oficial para reportar a influencers o personas que promocionen sitios de apuestas online sin incluir las advertencias legales obligatorias.

Las denuncias pueden realizarse en: argentina.gob.ar/economia/industria-y-comercio/defensadelconsumidor

 

El nuevo marco aplica a todas las piezas publicitarias, en medios como:

  • Plataformas de medios y redes sociales
  • Cartelería en vía pública
  • Radio y TV
  • Medios gráficos y digitales

 

Y también contempla disposiciones sobre publicidad de bienes y servicios en general, exhibición clara de precios y promociones e identificación obligatoria de sitios de reventa de entradas con la leyenda: “ESTE ES UN SITIO DE REVENTA DE ENTRADAS

 

Las infracciones a esta resolución serán sancionadas según la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor y el Decreto 274/2019 sobre Lealtad Comercial.

 

La medida entra en vigencia a los 30 días de su publicación, es decir, desde el 3 de diciembre de 2025.