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BILLETERAS VIRTUALES: LÍMITE DE ARCA PARA DICIEMBRE

ARCA establece montos máximos para operaciones bancarias. Qué montos permite ARCA en las billeteras virtuales y cuáles siguen vigentes en diciembre de 2025.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) controla las operaciones que se hacen por bancos y billeteras virtuales cuando superan ciertos montos.


Para diciembre de 2025, la agencia estableció los límites máximos que se pueden operar sin necesidad de presentar documentación que justifique el origen del dinero.


Conocer estos topes es fundamental para evitar bloqueos de cuentas o requerimientos de información adicional por parte de ARCA.

 

Transferencias bancarias: los límites permitidos en diciembre 2025


Los topes que controla ARCA para transferencias y otras operaciones bancarias se actualizaron el pasado 1 de junio. Estos valores, que establecen a partir de qué monto los bancos y billeteras virtuales pueden solicitar información sobre el origen del dinero.

 
El organismo fiscal vigila todas las transferencias que superen determinado monto.

La agencia de recaudación establece que deberán reportarse las cuentas de personas físicas que registren movimientos o un saldo final mensual mayor a $50.000.000, incluyendo operaciones realizadas desde billeteras virtuales.


En el caso de las personas jurídicas, el límite es de $30.000.000 por mes, ya sea por la suma de ingresos y egresos o por el saldo al cierre del período, sin importar si es positivo o negativo.


A continuación, los montos máximos de transferencias, acreditaciones, saldos bancarios y transferencias en billeteras virtuales tanto para personas físicas como jurídicas en diciembre 2025:

  • Transferencias o acreditaciones: $50.000.000 (físicas) y $30.000.000 (jurídicas).
  • Extracciones en efectivo: $10.000.000 para ambos casos.
  • Saldos bancarios al cierre de mes: $50.000.000 (físicas) y $30.000.000 (jurídicas).
  • Transferencias en billeteras virtuales: $50.000.000 (físicas) y $30.000.000 (jurídicas).
  • Plazos fijos: $100.000.000 (personas físicas) y $30.000.000 (personas jurídicas).
  • Compras como consumidor final: $10.000.000.
 

Investigan a quienes transfieran más de $50.000.000.


Cabe señalar que estos montos se calculan sobre el total del período y no sobre transferencias individuales.


La agencia aclara que si los importes están expresados en moneda extranjera, serán convertidos a pesos aplicando el valor de cotización tipo comprador de esa moneda.


Si se trata de montos en moneda digital o criptomoneda, también deberá convertirse a pesos según el último valor de cotización tipo comprador fijado por el sujeto obligado al régimen.

Qué sucede si se exceden los montos establecidos por ARCA

Cuando una persona o empresa supera los límites de transferencias y otras operaciones bancarias, las entidades financieras deben informar a ARCA. En ese contexto, la agencia puede activar alertas y solicitar un análisis más detallado de las operaciones.


En estos casos, la agencia puede pedir documentación que respalde el origen del dinero como:

  • Recibos de sueldo o comprobantes de jubilación
  • Declaraciones juradas de impuestos
  • Facturas por ventas o servicios
  • Constancias de transferencias anteriores
  • Si el contribuyente no logra justificar los fondos, la agencia puede aplicar sanciones económicas e incluso bloquear temporalmente las cuentas involucradas.


Si el contribuyente no logra justificar los fondos, la agencia puede aplicar sanciones económicas e incluso bloquear temporalmente las cuentas involucradas.


Es importante tener en cuenta que el ARCA actualiza estos importes cada seis meses, según los cambios del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que publica el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).

 
Fuente: Clarín